El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 7 de Marbella ha estimado parcialmente la demanda de responsabilidad civil interpuesta por la familia de un menor que perdió la visión del ojo izquierdo tras recibir el impacto de un balón de fútbol lanzado de forma accidental por un profesor de Educación Física en el transcurso de una clase extraescolar en un centro privado de la localidad, condenando al colegio a pagarle una indemnización de 77.970,95 euros.
Los hechos a los que se refiere el fallo, que es firme al no haber interpuesto recurso la parte demandada, se remontan al 24 de mayo de 2012, cuando el pequeño, que entonces tenía 5 años, estaba en el patio del colegio en una clase de fútbol. En los hechos probados, la magistrada María García sostiene que el profesor «se encontraba realizando un juego con el balón consistente en elevarlo y que al realizar dicha actividad golpeó en la cara en el menor. Igualmente es de destacar que hay una segunda acción valorable consistente en no poner en marcha el protocolo consistente en avisar al médico, debido a que no posee dichos conocimientos y de que se trataba de un menor y un balonazo dado en la cara del mismo, así como al entregar el menor a la madre minimizó el hecho del golpe quitándole importancia».
Aunque inicialmente el menor no sufrió secuelas por el accidente, los problemas comenzaron más de un año después. Así lo destaca la jueza, quien entiende válido el informe pericial emitido por el doctor Buenaventura Carreras Egaña. En el mismo se recoge que tras el impacto con el balón el menor «sufrió una lesión en la retina, no produciéndose el desprendimiento inmediato, sino una lesión en la retina, dando lugar a alteraciones en la pigmentación y signos de fibrogliosis intrarretiniana, rigidez en la retina y cierto grado de vitreorretinopatía proliferativa, teniendo como efecto la reducción progresiva del campo visual, rechazando la inexistencia de clínica pues de conformidad con los criterios médicos, la mayoría de los menores no son capaces de explicar que ven mal por su propia edad». «Esta lesión desembocó en el desprendimiento definitivo de la retina, sin que en el origen, evolución y alcance de la lesión tuviera nada que ver un golpe producido diez días antes», como sostuvo en el juicio la parte demandada.
Tras la operación, el ojo izquierdo del menor, que ya no es alumno del centro marbellí, «goza de una agudeza visual de 0,3 con una corrección óptica de menos 3,5, padeciendo una leve opacidad subcapsular posterior y más riesgo de desarrollar catarata». Desde la dirección del centro educativo dijeron a SUR que la póliza de seguros se ha hecho cargo de la indemnización, al tiempo que apuntaron que los abogados de esta compañía rechazaron la posibilidad de recurrir. «Si con este dinero se puede ayudar a la familia, pues ahí está», dijo. La demanda de la familia malagueña fue interpuesta por el despacho Aynat Abogados de Nerja.
La sentencia, que fue dictada el pasado 22 de diciembre, consideró probado que el centro escolar «debe soportar el deber de responder por su responsabilidad in eligendo e in vigilando, ya que decidió contratar al profesor y le atribuyó la decisión de llamar al médico o no, a pesar de saber que no tenía formación médica».
Artículo original de: diariosur.es